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Deforestación en la Tierra Indígena Karipuna en el estado de Rondônia. El Ministerio Público difundió una nota técnica sobre los derechos de los pueblos tradicionales en las negociaciones con empresas que ofrecen contratos de generación de créditos de carbono a partir de la conservación de la selva. Foto: Christian Braga/Greenpeace

El Ministerio Público Federal y el Ministerio Público del estado de Pará publicaron esta semana una nota técnica para orientar a los procuradores y fiscales sobre la protección de los derechos de pueblos indígenas, comunidades tradicionales y quilombolas [descendientes de esclavos africanos] en las negociaciones con empresas que ofrecen contratos de generación de créditos de carbono a partir de la conservación de la selva. Como mostró un reportaje publicado en junio por SUMAÚMA, estas poblaciones de la Amazonia están siendo acosadas por empresas para firmar compromisos que se consideran abusivos. Asimismo, hay casos de comerciantes privados que afirman ser dueños de haciendas que están superpuestas a áreas de unidades de conservación.

La nota técnica, redactada por los centros de apoyo operativo a los derechos humanos y medio ambiente del Ministerio Público de Pará, establece que todas las negociaciones de contratos de carbono sean acompañadas por los órganos públicos responsables de los territorios, como, en el ámbito federal, la Fundación Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (Funai) y el Instituto Chico Mendes de Conservación de la Biodiversidad (ICMBio). Esto también se aplica a las comunidades quilombolas –quienes tienen la propiedad colectiva de sus tierras–, a los indígenas que tienen el usufructo exclusivo y a otras comunidades tradicionales que tienen la concesión de las áreas que ocupan. Según el documento, es necesario que se haga un seguimiento porque las áreas de las comunidades quilombolas, los quilombos, son territorios “especialmente protegidos” y parte del patrimonio cultural.

En todos los casos, sin embargo, la decisión de firmar o no los contratos debe respetar la “autonomía” y la “libre determinación” de los pueblos y sus instancias de deliberación. La nota técnica también dice que el consentimiento previo, libre e informado debe realizarlo el poder público –no empresas privadas– con amplia participación y siguiendo los protocolos aprobados por los grupos indígenas y comunitarios, que deben decidir cómo se repartirá el dinero obtenido de la venta de créditos y tienen derecho a conservar sus modos de vida tradicionales.

Sobre esa preservación, el documento cita un análisis de la antropóloga Andrea Oliveira, de la Universidad Federal de Paraná, quien recuerda que la relación de los pueblos indígenas y tradicionales con la selva no es la misma que la del mercado de carbono o la de las personas que no viven en estas tierras. Estos pueblos no se ven a sí mismos como “conservadores”, sino como “constructores de sus espacios”, dice, mientras las empresas pretenden comprar “la gestión no solo de parte de las selvas, sino de la vida y del futuro” de las comunidades.

La nota técnica también dice que los contratos deben ser públicos y registrados ante notario, y recomienda medidas para la cancelación de Registros Ambientales Rurales declarados por particulares que se superpongan a tierras públicas en proyectos de carbono. Asimismo, establece que las compañías que certifiquen o compren los créditos deben tener la obligación de realizar auditorías para garantizar que se protejan los derechos de las comunidades, además de crear defensorías para recibir denuncias externas.

Por último, el documento recomienda la inclusión de una “cláusula de flexibilización” en los contratos que permita su revisión a pedido de las comunidades. Propone además que contemplen garantías para la distribución de beneficios no previstos originalmente, pero que deriven de los conocimientos tradicionales y los recursos naturales de los territorios.

La iniciativa del Ministerio Público intenta suplir la falta de normas unificadas para estos contratos, ya que los negocios de generación y venta de créditos de carbono se realizan dentro del llamado “mercado voluntario”, que no está regulado por el gobierno. Los analistas llaman a algunos de los agentes de este mercado “cowboys del carbono”, debido a la disputa feroz por tierras públicas en las que existen grandes extensiones de selva preservada. El documento de 69 páginas informa que ya existen cuatro procedimientos abiertos por el Ministerio Público de Pará y diez por el Ministerio Público Federal en Pará para monitorear o investigar negociaciones entre empresas y pueblos indígenas o tradicionales.

Estos procedimientos, dice la nota técnica, tienen que ver con contratos en los que se constataron diversas irregularidades, como la falta de autorización del organismo público gestor, la presencia de “cláusulas abusivas o ilegales” o en los que no hubo consulta libre, previa e informada a las comunidades. Asimismo, los contratos no son públicos y no dejan claro cómo se compartirán los eventuales beneficios de los proyectos de carbono. El reportaje de SUMAÚMA es uno de los textos citados en el documento, junto a otros reportajes y estudios académicos.

El gobierno de Lula da Silva pretende incluir cláusulas de protección a los pueblos indígenas y tradicionales en el proyecto que prepara para la creación de un mercado regulado de carbono en el país. Si el proyecto es aprobado por el Congreso, se calcula que se tardará dos años en implementarlo.


Verificación: Plínio Lopes
Revisión ortográfica (portugués): Elvira Gago
Traducción al español: Julieta Sueldo Boedo
Traducción al inglés: Sarah J. Johnson

Edición de fotografía: Marcelo Aguilar, Mariana Greif y Pablo Albarenga
Montaje de página: Érica Saboya

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